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Deuda tributaria en Perú: por qué la Sunat no logra cobrarla toda

En Perú, la deuda que los contribuyentes mantienen con la administración tributaria es enorme sobre el papel, pero solo una parte termina entrando en las arcas públicas. El jefe de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), César Luna Victoria, lo expuso el 7 de octubre de 2026 ante la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera de la Cámara de Diputados, donde informó sobre el estado de esos adeudos y sobre las dificultades para recuperarlos.

La explicación interesa más allá de los grandes deudores: muestra cómo funciona una deuda con el fisco, por qué crece aunque nadie la cobre y qué te conviene hacer si alguna vez tienes una.

Deber no es lo mismo que poder cobrar

No toda la deuda registrada se puede perseguir de inmediato. La propia Sunat distingue varias situaciones en su orientación sobre deuda exigible:

  • Deuda exigible: lo es desde el día siguiente al vencimiento del plazo para pagar. A partir de ese momento genera intereses moratorios.
  • Deuda exigible coactivamente: es la que la administración ya puede cobrar por la fuerza, por ejemplo mediante embargos. Ocurre, entre otros casos, cuando una resolución de determinación o de multa fue notificada y no se reclamó dentro del plazo, cuando no se apeló a tiempo o cuando se notificó una orden de pago.
  • Deuda impugnada: mientras el contribuyente discute el monto dentro de los plazos legales, la cobranza forzosa queda en espera hasta que se resuelva el reclamo.

A eso se suman las empresas que entran en un procedimiento concursal, donde el fisco pasa a ser un acreedor más y debe esperar el resultado junto con los demás.

Los motivos que dio la Sunat ante el Congreso

Según la reseña de la sesión difundida por el Congreso, el superintendente señaló tres obstáculos principales.

  1. Cobrar cuesta. Afirmó que los costos de cobranza son enormes y que, en las deudas pequeñas, se termina gastando más en perseguirlas que lo que se recupera.
  2. El tiempo juega en contra. Advirtió que, cuando un caso se extiende durante años —habló de un horizonte de seis—, crece el riesgo de que el contribuyente pierda su actividad económica, deje de operar o quiebre. A veces esa situación es real; otras, dijo, se simula mediante evasión o delitos tributarios.
  3. La cifra se infla sola. Aunque no se cobre, la deuda sigue generando intereses, de modo que el total aumenta «por inercia» sin que eso signifique que haya más dinero recuperable.

El resultado es una brecha entre el monto contable y el que de verdad puede recaudarse: cuando el deudor ya no tiene patrimonio ni ingresos, no queda nada que embargar, por grande que sea la cifra.

Lo que reclamaron los diputados

Los integrantes de la comisión, de distintas bancadas, pidieron mecanismos de cobranza más severos frente a las deudas millonarias de grandes empresas. Entre los planteamientos estuvieron actuar contra las compañías que se declaran en quiebra para no pagar y publicar quiénes están detrás de ellas. También se pidió apoyar a las micro y pequeñas empresas para que puedan cumplir de forma continua y no caigan en morosidad. Un diputado cuestionó que resulte tan difícil cobrar a empresas conocidas cuyos fondos, según se expuso, desaparecen con rapidez antes de que se las pueda embargar.

Qué significa para un contribuyente común

Que una parte de la deuda total sea difícil de cobrar no quiere decir que una deuda individual se pueda ignorar. Ocurre lo contrario: quien tiene ingresos, cuentas bancarias o bienes a su nombre es precisamente a quien resulta más fácil cobrarle. Si tienes una obligación pendiente con la Sunat, ten presente lo siguiente:

  • Los intereses corren desde el primer día de atraso. Cuanto más esperas, más pagas.
  • Los plazos para reclamar son decisivos. Si no estás de acuerdo con una resolución y no la impugnas a tiempo, la deuda pasa a ser cobrable de forma coactiva.
  • Un fraccionamiento incumplido también se cobra. La resolución que declara la pérdida del fraccionamiento habilita la cobranza si no se reclama o si se dejan de pagar las cuotas.
  • Revisa tus notificaciones. Muchos problemas empiezan con un aviso que nadie leyó.

Un principio que vale en cualquier país

La situación peruana ilustra algo común a casi todas las administraciones tributarias: el saldo de deuda pendiente que se publica mezcla obligaciones recientes y cobrables con otras muy antiguas, en litigio o a nombre de deudores sin bienes. De ahí salen dos ideas que también sirven en las finanzas personales. La primera es que una deuda se recupera mejor cuanto antes se gestiona. La segunda es que los intereses acumulados pueden hacer que el monto parezca mucho mayor que la obligación original.

Conclusión

La exposición de la Sunat ante el Congreso deja una lección clara: una deuda tributaria no desaparece por antigüedad, pero sí se vuelve más cara para quien la debe y más difícil de recuperar para el Estado. Para el contribuyente que quiere seguir operando con normalidad, lo sensato es atender la obligación pronto, ya sea pagándola, pidiendo facilidades o reclamando dentro del plazo si considera que no corresponde.